Laureano Ortega Murillo, en el 4º aniversario del restablecimiento de las relaciones diplomáticas entre Nicaragua y China, el 11-12-2025, Managua. Foto: CCC
Iván Olivares
Confidencial, 24-12-2025
Correspondencia de Prensa, 27-12-2025
Hijo de los “copresidentes” decidirá quién entra y sale del régimen especial, y establecerá las tarifas por los trámites, según reglamento de las ZEE
Los esposos y “copresidentes” nicaragüenses Daniel Ortega y Rosario Murillo, le dieron un regalo navideño anticipado a su hijo Laureano Ortega Murillo: le otorgaron “todo el poder” en las Zonas Económicas Especiales (ZEE) de Nicaragua, un proyecto orteguista que pretende sustituir a Estados Unidos por China.
El poder omnímodo de Laureano Ortega Murillo fue ratificado en el Reglamento de la Ley 1264 o Ley de Zonas Económicas Especiales (ZEE) de la Franja y la Ruta, aprobado por la Asamblea Nacional y publicado en La Gaceta número 239 del 19 de diciembre de 2025. Críticos de la legislación advirtieron del mando que tendría el hijo de la pareja dictatorial.
Como coordinador de una Comisión Especial de las ZEE, Ortega Murillo —en su rol de asesor presidencial para la Promoción de Inversiones, el Comercio y la Cooperación Internacional— tendrá a su cargo evaluar, aprobar o denegar las solicitudes de ingreso de las empresas que busquen adscribirse a ese régimen especial.
También podrá establecer las tarifas por los trámites y servicios del régimen especial, y aprobar o denegar las solicitudes de renovación de los beneficios establecidos en la ley.
Finalmente, se le concedió evaluar y aprobar las normas y procedimientos administrativos para regular el régimen de las ZEE, autorizar las solicitudes de suspensión temporal, y revocar las empresas que ya hubieran sido aprobadas. En caso de empate al tomar una decisión, el asesor presidencial tiene ‘voto dirimente’.
Laureano Ortega Murillo a cargo de “supraentidad”
La Comisión Especial de las Zonas Económicas Especiales, presidida por Laureano Ortega Murillo, operará como una “supraentidad”, aunque el día a día está a cargo de la Comisión Nacional de Zonas Francas (CNZF), que opera con base en la Ley 917, Ley de Zonas Francas de Exportación.
Desde esa perspectiva, la CNZF será la administradora de la plataforma de administración de gestiones conocida como “punto único”, a través de su Ventanilla Única de Servicios (VUSZF).
Esa ventanilla será la receptora de los 16 requisitos que deberán presentar las sociedades mercantiles interesadas en ingresar al régimen ZEE. Ese número se eleva a 17 en el caso de los consorcios, que deberán presentar información adicional de sus representantes legales, y de las empresas socias. Una vez verificada, esa información pasará a la Comisión Especial, para que decida si acepta a la candidata.
Además de los montos a invertir, otro elemento de gran importancia son las actividades económicas que estas empresas podrán realizar, comenzando por el ensamble, transformación procesamiento y manufactura de bienes. También la tercerización de procesos de negocios, tecnología de la información y del conocimiento. Acá se da la bienvenida a las plataformas logísticas y tecnológicas para comercio electrónico, centros de datos y servicios digitales transfronterizos, así como a los servicios logísticos de control y manejo de inventarios, selección de mercancías, empaque, embalaje, etc., con el fin de destinarlas a la exportación y reexportación.
ZEE tendrán 18 instituciones a su servicio
A finales de octubre de 2025, el régimen Ortega-Murillo propuso la creación de las Zonas Económicas Especiales ofreciendo incentivos fiscales, aduaneros, portuarios, fronterizos y administrativos a empresas que inviertan en el país. El texto legal fue aprobado apenas 24 horas después de presentado a la Asamblea Nacional dominada por la familia gobernante, y publicado al día siguiente en La Gaceta número 203.
En la ley no se excluye ni se especifica nacionalidad alguna, pero dos hechos mostraron el por qué de las prisas del régimen. El primero es la mención al proyecto estratégico de la República Popular China, o sea, la Franja y la Ruta. El segundo, que Laureano Ortega Murillo lo presentara en la 18 Cumbre Empresarial China–América Latina y el Caribe. La sede de esa reunión fue la ciudad china de Zhengzhou.
Varios expertos consultados por Confidencial, dudan de que el régimen tenga el éxito que busca con esa iniciativa.
Otra muestra de la importancia que el régimen le concede a este proyecto —en especial, después que se conociera del riesgo de sanciones comerciales por parte de Estados Unidos— es la creación de un modelo de gestión de las ZEE. Este modelo, que estará coordinado por la CNZF, tiene como objetivo garantizar el “acompañamiento, y la atención prioritaria y diligente” de las empresas que sean admitidas en ese régimen especial.
De acuerdo con el Reglamento, el modelo de gestión está integrado por 18 entidades del Gobierno, puestas al servicio de las ZEE. Lo encabezan ocho ministerios: Industria y Comercio; Hacienda; Trabajo; Medio Ambiente; Transporte e Infraestructura; Salud; Interior, y Energía y Minas.
También la Procuraduría de Justicia, la Secretaría de Inversiones y Exportaciones, la CNZF, el registro y control de sustancias tóxicas, la DGA, la DGI, las alcaldías y gobiernos regionales, el INSS, el IPSA y el Inatec. Adicionalmente, podrán integrar a cualquier otra entidad pública, a petición de la CNZF.
¿Cuánto dinero traen?
El Reglamento estableció cinco criterios mínimos para permitir que una empresa se acoja a ese régimen preferencial dictado por el régimen para operar en Nicaragua. Esos criterios incluyen el monto de la inversión, la generación de empleos y el desarrollo del talento humano. También, la ubicación en un área geográfica con potencial de desarrollo, el posible encadenamiento productivo y transferencia de tecnología y, finalmente, la diversificación de la oferta exportable y mercados de destino.
Aunque en el discurso oficial se ofrece una lista exhaustiva de exenciones del IR, IVA, ISC, IBI, y varios tributos más, eso no implica que instalarse en Nicaragua no tendrá costos. El primero de ellos, en la figura de un depósito en concepto de garantía que deberán enterar las empresas que ingresen al régimen de las ZEE, según el artículo 11 del Reglamento.
El texto aprobado no dice a quién se le entregará ese depósito, cuál es el monto, ni cómo se define, pero sí indica cómo se pierde. Según el artículo 62 inciso C, ese depósito puede ser ejecutado, en caso que la empresa pierda su certificado de aprobación, al cometer alguna de las infracciones a las que se califica como “muy grave”.
Hay al menos otros tres gastos que se incluyen en el reglamento. El del artículo 13 inciso 8, que hace referencia a “los pagos en concepto de trámites y servicios ante la CNZF”. El del artículo 20 inciso 2, que cubre el “pago por trámite de renovación” de los beneficios de exención, y finalmente, el del artículo 23, que es la tarifa que la DGA cobrará a la empresa en régimen de ZEE, que requiera la presencia permanente de un funcionario aduanero.