Uruguay – Argumentos contra la modificación del Código Penal para penalizar el antisemitismo y la negación del Holocausto. [Comunicado]

Manifestación, Montevideo, 10-2023. Foto La Izquierda Diario.

  1. El mismo término Holocausto sugiere una cierta jerarquía y singularidad del sufrimiento infligido a las víctimas judías, dando a entender que ningún otro sufrimiento es comparable y que otros genocidios no tienen la misma gravedad.
  2. La Comisión Internacional Independiente de Investigación en los Territorios Palestinos Ocupados y los Mecanismos Especiales del Consejo de Derechos Humanos (una treintena de expertos/as y relatoras/es encabezados por la relatora especial Francesca Albanese), la Corte Internacional de Justicia, la Corte Penal Internacional, el Comité de los Derechos de la Niñez, entre otros.
  3. Amnistía Internacional, Human Rights Watch, la Federación Internacional por los Derechos Humanos, las israelíes B’Tselem y Médicos por los Derechos Humanos, entre otras.
  4. Desde muchas tribunas se ha denunciado el chantaje que Israel y sus aliados han hecho siempre de la memoria del Holocausto para acallar las críticas a sus crímenes contra el pueblo palestino. Se trata de un fenómeno exhaustivamente explicado por Norman Finkelstein (judío e hijo de sobrevivientes de la Shoá) en su precursora obra La industria del Holocausto. Reflexiones sobre la explotación del sufrimiento judío.
  5. En Argentina se está usando la definición de la IHRA –aun sin haberla incorporado a la legislación interna– para penalizar a activistas sociales y políticos que defienden la causa palestina y denuncian el genocidio en Gaza.
  6. En su crítica, Jewish Voice for Peace sostiene que la definición de la IHRA «no aborda el hecho de que la fuente de las amenazas más tangibles para la vida de las personas judías proviene del violento antisemitismo de los movimientos de extrema derecha. A pesar de los numerosos informes y gobiernos que confirman el papel de extremistas de derecha y nacionalistas blancos, muchos de los cuales son fervientes sionistas, la definición de la IHRA se centra en mantener la impunidad del régimen israelí».
  7. En las universidades de Estados Unidos, la definición de la IHRA se está usando para perseguir, censurar y castigar a estudiantes y docentes que denuncian el genocidio y apoyan a Palestina.
  8. En 2020, en respuesta a la presión de la principal institución sionista de Argentina para que el gobierno adoptara la definición de la IHRA, la organización judía progresista Llamamiento Judío Argentino declaró: «No hay justificaciones legítimas para la propuesta de DAIA: el sionismo no es una religión, no es una etnia; es una ideología política. Y como tal puede provocar adhesiones, rechazos o indiferencia. […
  9. La ley afirma también: «El Estado considera el desarrollo de la colonización judía como un valor nacional, y actuará para alentar y promover su establecimiento y consolidación».
  10. Cabe señalar que, si bien se considera mejor que la definición de la IHRA, la Declaración de Jerusalén ha sido criticada por voces palestinas y judías por centrar demasiado el tema del antisemitismo en la cuestión Israel-Palestina, y al hacerlo 1) no incluye perspectivas palestinas, lo cual la deja incompleta, y 2) corre el peligro de contribuir a una intensa vigilancia del discurso sobre Israel-Palestina y de distraer la atención del peligro real que suponen para las personas judías los supremacistas blancos y la extrema derecha, que son antijudíos y a la vez amigos estrechos del Estado de Israel.