La ley consolida un «falso autónomo», es decir, reconoce que entre las corporaciones digitales y un trabajador de reparto o conductor no existe vínculo de dependencia, sino un contrato comercial entre una empresa y una unipersonal.
La ley consolida un «falso autónomo», es decir, reconoce que entre las corporaciones digitales y un trabajador de reparto o conductor no existe vínculo de dependencia, sino un contrato comercial entre una empresa y una unipersonal.