{"id":4585,"date":"2018-05-27T13:28:47","date_gmt":"2018-05-27T16:28:47","guid":{"rendered":"https:\/\/correspondenciadeprensa.com\/?p=4585"},"modified":"2018-05-27T13:28:47","modified_gmt":"2018-05-27T16:28:47","slug":"colombia-empresas-mineras-y-restitucion-de-tierras-a-campesinos-afros-e-indigenas-despojados","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/correspondenciadeprensa.com\/?p=4585","title":{"rendered":"Colombia &#8211; Empresas mineras y  \u00abrestituci\u00f3n de tierras\u00bb a campesinos, afros e ind\u00edgenas despojados"},"content":{"rendered":"<h3><strong>Locomotora minera choca con restituci\u00f3n de tierras a v\u00edctimas del conflicto armado<\/strong><\/h3>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><strong>As\u00ed lo establece un estudio que advierte, adem\u00e1s, que la tensi\u00f3n que genera ese dilema se est\u00e1 resolviendo a favor de las empresas extractivas y no de los campesinos, afros e ind\u00edgenas despojados de sus predios de manera violenta.<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><strong>Verdad Abierta, 25-5-2018 ,\u00a0<\/strong><strong><a href=\"https:\/\/verdadabierta.com\/\">https:\/\/verdadabierta.com\/<\/a><\/strong><\/p>\n<p>El an\u00e1lisis, adelantado por los investigadores Ana Jimena Bautista y Leonel Plazas, establece, adem\u00e1s, que en Colombia no existe una base de datos que detalle cu\u00e1ntas decisiones judiciales sobre reclamaciones de tierras se traslapan con proyectos mineros y de hidrocarburos. (Lea el estudio aqu\u00ed: <a href=\"https:\/\/verdadabierta.com\/wp-content\/uploads\/2018\/05\/Estudio-Tensiones-entre-la-poli\u0301tica-extractivista-y-la-restitucio\u0301n-de-tierras.pdf\">https:\/\/verdadabierta.com\/wp-content\/uploads\/2018\/05\/Estudio-Tensiones-entre-la-poli\u0301tica-extractivista-y-la-restitucio\u0301n-de-tierras.pdf)<\/a><\/p>\n<p>El informe, publicado por del Movimiento Nacional de V\u00edctimas de Cr\u00edmenes de Estado (Movice), evidencia la manera c\u00f3mo han actuado la Unidad de Restituci\u00f3n de Tierras (URT), encargada de recibir las solicitudes de las v\u00edctimas, estudiarlas y presentarlas en demanda, y los jueces y magistrados especializados que deben resolverlas.<\/p>\n<p>El estudio de Bautista y Plazas encontr\u00f3 que, de los 110 fallos analizados, s\u00f3lo en 14 casos la URT solicit\u00f3 la nulidad de los contratos mineros y de hidrocarburos, y que las demandas no documentaron si las empresas se aprovecharon del conflicto armado para tramitar y obtener los t\u00edtulos de exploraci\u00f3n y explotaci\u00f3n minera.<\/p>\n<p>\u201cEn los casos estudiados, las v\u00edctimas fueron totalmente excluidas de los procesos de concesi\u00f3n de los t\u00edtulos y en general de todos los permisos y tr\u00e1mites necesarios para adelantar la explotaci\u00f3n de los proyectos extractivos, con lo que se desconoci\u00f3 su derecho a la participaci\u00f3n sobre decisiones fundamentales que afectaban su territorio\u201d, se\u00f1ala el informe.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n advierte que \u201clas empresas y la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) y la Agencia Nacional de Miner\u00eda (ANM) no tuvieron que negociar con ninguna de las v\u00edctimas, facilitando la entrada de los proyectos, ya que el tejido social hab\u00eda sido destruido y los territorios vaciados\u201d.<\/p>\n<p>El estudio afirma que en la mayor\u00eda de casos la URT no se preocup\u00f3 por documentar si las empresas actuaron con buena fe exenta de culpa, incluso, no otorg\u00e1ndoles la calidad de opositoras bajo el supuesto que los proyectos mineros est\u00e1n por fuera de la discusi\u00f3n de los procesos de restituci\u00f3n. En sentido, en gran parte de los casos, la ANH y ANM expresaron que los t\u00edtulos no afectaban la propiedad de los predios y recordaron que el \u201cEstado es due\u00f1o del subsuelo\u201d.<\/p>\n<p>Sobre la etapa de juicio, se expone que de las 110 decisiones, s\u00f3lo en 31 casos los jueces dictaron medidas cautelares sobre la suspensi\u00f3n de los t\u00edtulos o solicitudes mineras. Sin embargo, los investigadores advierten que las \u201cafectaciones sobre el predio\u201d fueron tratadas en las sentencias como \u201cun aspecto marginal dentro de la decisi\u00f3n\u201d, y que en una decena de ellas los togados reconocieron que \u201cno existe informaci\u00f3n suficiente ni detallada de la afectaci\u00f3n real del proyecto sobre el predio\u201d.<\/p>\n<p>El estudio tambi\u00e9n cuestiona que, en el 91 por ciento de los fallos analizados, jueces y magistrados permitieron la continuidad del proyecto extractivo, sin emitir \u00f3rdenes que garantizaran un equilibrio en la relaci\u00f3n entre los restituidos y las empresas mineras, sobre todo cuando estas \u00faltimas tengan que hacer el proceso de consulta para poder intervenir el territorio. Las sentencias s\u00f3lo ordenan a la ANM y ANH que \u201crevisen, vigilen, informen y concerten con las v\u00edctimas, todos los aspectos relacionados con el proyecto\u201d, y que notifiquen a los despachos judiciales tales decisiones.<\/p>\n<p>Aunque en 59 casos los jueces encontraron que los opositores no pudieron probar \u201cla buena fe exenta de culpa\u201d y en 23 compulsaron copias a la Fiscal\u00eda, los investigadores afirman que el ente acusador no ha avanzado en investigar con detalle la relaci\u00f3n entre el despojo de tierras y la reconfiguraci\u00f3n territorial, un aspecto que, en algunos casos, ocasion\u00f3 profundas afectaciones en las comunidades.<\/p>\n<p>\u201cEn conclusi\u00f3n, a partir de las decisiones estudiadas es posible afirmar que en lo que va de la aplicaci\u00f3n del proceso de restituci\u00f3n, all\u00ed donde coinciden predios objeto de restituci\u00f3n con proyecto mineros o petroleros, prevalece la protecci\u00f3n de los intereses en materia extractiva sobre el derecho a la restituci\u00f3n de los territorios por parte de las v\u00edctimas del conflicto armado\u201d, reitera el estudio.<\/p>\n<h3><strong>El Alto And\u00e1gueda, el detonante<\/strong><\/h3>\n<p>De las 110 sentencias estudiadas, s\u00f3lo en tres casos la Unidad de Restituci\u00f3n de Tierras solicit\u00f3 a las autoridades ambientales tomar medidas para mitigar los da\u00f1os por la concesi\u00f3n de t\u00edtulos mineros y de hidrocarburos. Foto: archivo Semana.<\/p>\n<p>Para los investigadores, los resultados del an\u00e1lisis evidencian las tensiones entre la aplicaci\u00f3n de la Ley de V\u00edctimas y Restituci\u00f3n de Tierras, y la pol\u00edtica nacional minero-energ\u00e9tica. El esp\u00edritu de la primera reivindica la intenci\u00f3n de devolverles los predios a aquellas v\u00edctimas que se vieron obligadas a abandonarlos o a venderlos a precios irrisorios como efecto de la presi\u00f3n de grupos armados ilegales, as\u00ed como ofrecerles garant\u00edas para su permanencia y reparaci\u00f3n integral una vez restituidos.<\/p>\n<p>Y la pol\u00edtica nacional minero-energ\u00e9tica est\u00e1 anclada a los planes de desarrollo de los \u00faltimos ocho a\u00f1os bajo figuras como los Proyectos de Inter\u00e9s Estrat\u00e9gico Nacional (Pines) y \u00c1reas Estrat\u00e9gicas Mineras (AEM), que buscan disponer de mayor n\u00famero de hect\u00e1reas para adelantar iniciativas extractivas.<\/p>\n<p>El estudio se\u00f1ala que s\u00f3lo para AEM, la autoridad minera alcanz\u00f3 a declarar 20 millones de hect\u00e1reas para actividades de miner\u00eda e hidrocarburos. Sin embargo, la Corte Constitucional, mediante la sentencia T-766 de 2015, dej\u00f3 sin efecto dicha decisi\u00f3n, advirtiendo la falta de consulta previa, as\u00ed como el riesgo que implicaba tal declaratoria para la subsistencia e identidad de las comunidades.<\/p>\n<p>El an\u00e1lisis relata c\u00f3mo mientras las autoridades estatales en miner\u00eda e hidrocarburos se sosten\u00edan en la aprobaci\u00f3n de Pines y AEM, en el escenario de la restituci\u00f3n de tierras afloraron los interrogantes sobre c\u00f3mo proceder cuando parte de esos territorios proyectados para explotaciones minero-energ\u00e9ticas eran reclamados por v\u00edctimas del conflicto armado. Al respecto, la Corte Constitucional se pronunci\u00f3 el 8 de febrero de 2016, declarando inconstitucional el art\u00edculo 50 del Plan Nacional de Desarrollo, que imped\u00eda restituir materialmente los predios donde fueran aprobadas Pines. (Leer m\u00e1s en: El reto que plantea el caso Drummond para la restituci\u00f3n)<\/p>\n<p>Pese a que la decisi\u00f3n de la Corte se constituy\u00f3 en una gu\u00eda para redactar las demandas de restituci\u00f3n, desde mayo de 2015 la URT aplica una resoluci\u00f3n interna, proferida por la Direcci\u00f3n General, que indica que toda demanda est\u00e1 sujeta a revisi\u00f3n del equipo de Asuntos Ambientales, Minero Energ\u00e9ticos e Infraestructura (Amei), un grupo de profesionales expertos en estos tres temas. (Leer m\u00e1s en: Las contradicciones de Santos con la restituci\u00f3n)<\/p>\n<p>Mientras la Direcci\u00f3n de la URT ha defendido a Amei como el mecanismo para blindar las demandas de inconsistencias, las comunidades y varias organizaciones no gubernamentales advierten que es una estrategia para evitar que \u00e9stas incluyan pretensiones que afecten los proyectos minero-energ\u00e9ticos.<\/p>\n<p>Amei comenz\u00f3 a funcionar un a\u00f1o despu\u00e9s que el Tribunal de Restituci\u00f3n de Antioquia dict\u00f3 la sentencia a favor de los ind\u00edgenas del Alto And\u00e1gueda, en Choc\u00f3. Este fallo orden\u00f3 la suspensi\u00f3n de los t\u00edtulos mineros entregados y en tr\u00e1mite, y declar\u00f3 no probada la buena fe exenta de culpa de las empresas que los pose\u00edan.\u00a0 (Leer m\u00e1s en: Benefician a los Ember\u00e1-Kat\u00edos con primera sentencia de restituci\u00f3n \u00e9tnica en el pa\u00eds)<\/p>\n<p>Para el caso \u00e9tnico, desde el a\u00f1o 2015, las sentencias no han tenido decisiones de fondo sobre la suspensi\u00f3n de las concesiones mineras, excepto la de Renacer Negro, en el departamento del Cauca, que fue dictada ese mismo a\u00f1o, cuando apenas comenzaba a funcionar el equipo Amei. (Leer m\u00e1s en: Con hist\u00f3rica sentencia afros recuperan su territorio en Timbiqu\u00ed, Cauca)<\/p>\n<p>Otras decisiones, como la dictada reciente a favor de la comunidad de Yurumangu\u00ed, en el Valle del Cauca, negaron las pretensiones de la compa\u00f1\u00eda minera y recordaron que cualquier solicitud de concesi\u00f3n deber\u00e1 ser llevada a consulta previa, siguiendo los lineamientos normativos en ese tema. (Leer m\u00e1s en: Consejo comunitario de Yurumangu\u00ed le gana pulso a minera Pacific Mines S.A.S.)<\/p>\n<p>El estudio deja abierto el an\u00e1lisis, de cara a los cuatro a\u00f1os que le quedan a la vigencia de la Ley de V\u00edctimas y Restituci\u00f3n de Tierras, que como norma transicional se limit\u00f3 su vigencia a diez a\u00f1os, cuando en etapa administrativa la URT sigue documentando casos que involucran a empresas mineras locales y multinacionacionales, y comunidades como la Larga-Tumarad\u00f3 esperan que su reclamaci\u00f3n sea resuelta (Leer m\u00e1s en: T\u00edtulo minero enreda restituci\u00f3n en consejo comunitario La Larga-Tumarad\u00f3).<\/p>\n<p>\u201cA nuestro juicio, el hecho de que los proyectos extractivos hayan sido aprobados y se hayan instalado en los territorios objeto de despojo o de abandono forzado, sin que hubiese cesado el delito del desplazamiento forzado y el fen\u00f3meno del despojo, es decir mientras las v\u00edctimas estaban desplazadas, profundiz\u00f3 la victimizaci\u00f3n en su contra, pues adem\u00e1s de la p\u00e9rdida de su territorio producto del desplazamiento y de negocios jur\u00eddicos que llevaron al despojo, se modific\u00f3 la destinaci\u00f3n productiva de sus bienes, haciendo imposible en la pr\u00e1ctica su derecho a la participaci\u00f3n\u201d, reiteran los investigadores.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En el 91 por ciento de los fallos analizados, jueces y magistrados permitieron la continuidad del proyecto extractivo, sin emitir \u00f3rdenes que garantizaran un equilibrio en la relaci\u00f3n entre los restituidos y las empresas mineras, sobre todo cuando estas \u00faltimas tengan que hacer el proceso de consulta para poder intervenir el territorio&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":102520410,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"aside","meta":{"_coblocks_attr":"","_coblocks_dimensions":"","_coblocks_responsive_height":"","_coblocks_accordion_ie_support":"","advanced_seo_description":"","jetpack_seo_html_title":"","jetpack_seo_noindex":false,"_jetpack_newsletter_access":"","_jetpack_dont_email_post_to_subs":false,"_jetpack_newsletter_tier_id":0,"_jetpack_memberships_contains_paywalled_content":false,"_jetpack_feature_clip_id":0,"_jetpack_memberships_contains_paid_content":false,"footnotes":"","jetpack_post_was_ever_published":false},"categories":[],"tags":[17212,1122193,1182597,1372061,75177161,3204638],"class_list":["post-4585","post","type-post","status-publish","format-aside","hentry","tag-america-latina","tag-anh","tag-anm","tag-movice","tag-unidad-de-restitucion-de-tierras","tag-urt","post_format-post-format-aside"],"jetpack_featured_media_url":"","jetpack_likes_enabled":false,"jetpack_sharing_enabled":true,"jetpack_shortlink":"https:\/\/wp.me\/p7lt2C-1bX","amp_enabled":true,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/correspondenciadeprensa.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/4585","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/correspondenciadeprensa.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/correspondenciadeprensa.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/correspondenciadeprensa.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/102520410"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/correspondenciadeprensa.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=4585"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/correspondenciadeprensa.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/4585\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":4586,"href":"https:\/\/correspondenciadeprensa.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/4585\/revisions\/4586"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/correspondenciadeprensa.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=4585"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/correspondenciadeprensa.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=4585"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/correspondenciadeprensa.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=4585"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}